El Real Federación Española de Fútbol ha incoado un expediente extraordinario al Deportivo tras la denuncia presentada por el Albacete tras el partido disputado este domingo en Riazor. El foco está en la emisión en los videomarcadores de una jugada controvertida del encuentro, que terminó con victoria blanquiazul por 2-1.
En la resolución hecha pública este miércoles, el Comité de Disciplina estima además el recurso del conjunto manchego por la amarilla vista por Agustín Medina en el tiempo añadido. Pero más allá de esa decisión concreta, el texto recoge literalmente la apertura de un expediente “con el objeto de esclarecer los hechos denunciados y determinar, en su caso, las responsabilidades disciplinarias que pudieran derivarse”.
La jugada bajo la lupa
La denuncia del Albacete se sustenta, según ha trascendido, en la proyección en los videomarcadores del estadio de una de las acciones más polémicas del choque. En concreto, la jugada en la que se pidió penalti por mano de Javi Moreno en una disputa con Zakaria. Tras señalar la falta del delantero local, esperó la comunicación de la Sala VOR, mientras en Riazor se reproducian las imágenes de la realización televisiva en los marcadores.
En el Código Disciplinario existen sanciones en caso de emisión de imágenes «que puedan suscitar controversia sobre la interpretación o aplicación de las Reglas de Juego” o que afecten a la imagen y autoridad arbitral.
Qué se puede y qué no se puede emitir
La normativa es clara en lo relativo al uso de imágenes en los videomarcadores. Tal y como indica el Código Disciplinario, en el «Artículo 70 bis. Emisión de mensajes a través de megafonía o de imágenes a través de video-marcadores«:
«La emisión en diferido o la repetición de imágenes del encuentro que se esté disputando a través de pantalla o video-marcadores de los estadios que puedan suscitar controversia sobre la interpretación o aplicación de las Reglas de Juego, sean contrarias al buen orden deportivo, inciten a la violencia, menoscaben o, de algún modo afecten de forma negativa la imagen, dignidad, autoridad y/o reputación de los árbitros del encuentro y/o de los futbolistas y demás partes intervinientes, o sean susceptibles de provocar incidentes entre el público, dará lugar, en su caso, a una sanción al club responsable en cuantía de hasta 6.000 euros. En caso de reincidencia o de haber dado lugar a incidentes muy graves a juicio del órgano sancionador, podrán ser sancionadas tales actuaciones con multa en cuantía de 6.001 euros hasta 18.000 euros. La tercera infracción dará lugar a la imposibilidad de mostrar imágenes durante el resto de la temporada en que tuviera lugar. La emisión de mensajes a través de la megafonía de los estadios que, por su contenido o intencionalidad a favor o en contra de cualquiera de los equipos o aficiones, sean contrarias al buen orden deportivo, inciten a la violencia o puedan provocar incidentes en el público dará lugar a una sanción al club responsable en cuantía de hasta 3.000 euros».
Lo que sí está autorizado es la emisión de rótulos informativos del tipo “Revisión en curso”, “Revisión de posible penalti” o “Decisión VAR: Gol anulado / Penalti / No penalti”.
A la espera de resolución
Habrá que esperar ahora a la instrucción del expediente para conocer las consecuencias, ya que ni en el acta ni el informador de LaLiga recogieron ningún tipo de infracción. En cualquier caso, el episodio añade un nuevo capítulo a la polémica arbitral del Deportivo – Albacete, que sigue generando debate días después del pitido final en Riazor.