El Juzgado de Instrucción número 3 de A Coruña ha decidido el sobreseimiento provisional de la denuncia express de LaLiga contra Álex Bergantiños. Cabe recordar que, una vez fue interpuesta la demanda, se produjo en pocas horas la detención del jugador del Deportivo para que prestase declaración a la policía. La justicia ha considerado que en el audio «difundido irregularmente» no hay existencia de delito alguno.
Por otro lado, cabe recordar que Álex Bergantiños ha denunciado su detención por parte de la policía. Se ha solicitado la apertura de una investigación interna por parte de la Policía Nacional tanto para esclarecer los hechos como identificar a los responsables de una detención que es considerada ilegal al no ajustarse a Derecho.
El juzgado recibió un atestado de la Policía Nacional de Madrid por «delito de corrupción entre particulares». Un caso que ha sido atendido, ya que se denunciaba la «comisión de un posible delito del art. 286 bis 4 del CP en base a una sencilla conversación en un grupo privado de whatssapp por parte del capitán del RC Deportivo de A Coruña, don Alejandro Bergantiños García». En la resolución, además, apuntan que «de la conversación mantenida por el capitán con su vestuario no se aprecia la existencia de delito alguno».
Se explica, además, que los requisitos para la «corrupción entre particulares» no se dan en el caso, ya que además desde la Policía Nacional no se aportó «ningún elemento objetivo y serio de prueba o indicio de criminalidad más allá de una conversación en tono de confianza del jugador con sus compañeros, por las circunstancias en que se ha acordado celebrar el encuentro».
De hecho, el propio juzgado agrega que «en cualquier caso, aun cuando, como así entiende sorprendentemente el CENPIDA, que las palabras utilizadas por el Sr. Bergantiños tuviesen apariencia de seriedad, de acuerdo con nuestra Ley Penal, la idea criminal sólo resulta punible en los casos expresamente previstos en la parte especial de nuestro Código Penal, lo que no ocurre en el
presente caso».
Añaden que el partido se disputó en «circunstancias extraordinarias» que no lo hacen comparable con otros encuentros. Le recuerdan a la Policía Nacional que el Deportivo, de «amañar» el partido, solo conseguiría tres puntos que no le salvarían del descenso. De hecho, sería el Fuenlabrada el beneficiado de un amaño siendo los que se jugaban el playoff. Así es como les resulta «sorprendente la acusación realizada al Sr. Bergantiños de intentar alterar los resultados de la competición, procediendo a su detención de manera intempestiva, trasladando incluso efectivos policiales desde la capital para ello, sin practicare prueba alguna con jugadores del otro equipo por ejemplo».
Incluyen que si se tratase de un «posible amaño de resultado» para obtener lucro con apuestas deportivas, tampoco tendría sentido por el resultado del partido, el «final vertiginoso en tiempo de descuento, difícilmente previsible y mucho menos «arreglado» entre los jugadores». Así es como al «no resultar debidamente justificada la perpetración del delito, procede acordar el sobreseimiento provisional y archivo de las mismas».